Medio: El Financiero
Reportero: CARLOS CORDERO

Los operadores de telecomunicaciones deberán pagar, a más tardar este próximo 15 de marzo, una suma superior a los ¢2.567 millones correspondientes al canon de reserva del espectro del año 2016.

La Ley General de Telecomunicaciones establece que el canon de reserva de espectro debe pagarse anualmente. Asimismo, que es una obligación de los operadores de redes y proveedores de servicios de telecomunicaciones con bandas de frecuencias asignadas.

La administración de este canon es realizada por la Dirección General de Tributación Directa, del Ministerio de Hacienda, entidad encargada también de establecer los procedimientos de cancelación del monto respectivo.

Sin embargo, el canon tiene propósitos relacionados solamente con las telecomunicaciones.

“El objeto del canon es para la planificación, la administración y el control del uso del espectro radioeléctrico y no para el cumplimiento de los objetivos de política fistal”, indica la Ley.

Según la resolución de la Superintedencia de Telecomunicaciones (Sutel) del total indicado los operadores de telefonía móvil cancelarán un total de ¢2.458,3 millones.

De este monto, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) cancela el 76%, debido a la cantidad de frecuencias que posee en concesión.

Otro operador que debe cancelar el canon de reserva es Radiográfica Costarricense S. A. (Racsa), subsidiaria del ICE y que debe cancelar ¢13,6 millones.

Millicom, que comercializa servicios a través de la cablera Tigo, pagará ¢137.377, mientras que Televisora de Costa Rica, que comercializa servicios mediante el operador móvil virtual Tuyo Móvil y la cablera Cabletica, deberá cancelar ¢666.764.

La firma IBW Comunicaciones S. A., que brinda servicios de Internet inalámbrica vía tecnología WiMax con la marca Japi, debe pagar ¢16,2 millones.

El canon de reserva también es cancelado por otras compañías de televisión e Internet por cable, empresas que brindan servicios de comunicaciones coporativas punto a punto o multipunto, y concesionarios privados que cuentan con concesiones para comunicar sus plantas agrícolas o de otra índole.

También deben pagar “permisionarios” del espectro, que incluye empresas de buses, porteadores y taxistas, bancos, constructoras, cooperativas y hasta entidades científicas que usan frecuencias también para comunicaciones internas entre choferes, sucursales, plantas y sedes. Aquí los montos a cancelar van de ¢734 a ¢72.564.

Los radioaficionados y otros pequeños concesionarios también deben cancelar entre ¢5.537 y ¢37.600.

Los concesionarios de frecuencias para radio y televisión no deben pagar este canon, según lo dispuesto en un criterio emitido por la Procuraduría General de la República del año 2010.

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http://www.elfinancierocr.com/tecnologia/Sutel-ICE-Claro-Telefonica-Racsa-canon-reserva-espectro_0_1138686124.html