Luz verde a las medidas del artículo 155 de la Constitución, que también afectan a las telecomunicaciones, tras la declaración de independencia de Cataluña.

El Boletín Oficial del Estado acaba de publicar las medidas al amparo del artículo 155 de la Constitución Española, activado por el Gobierno ante la declaración unilateral de independencia proclamada por el Parlament de Catalunya al mediodía. Entre las decisiones que entran en vigor, se encuentra el cese del presidente (Carles Puigdemont), el vicepresidente (Oriol Junqueras) y los consejeros del Govern. El BOE ha hecho público tanto el acuerdo del Consejo de Ministros del sábado pasado, como las modificaciones y condicionamientos de dichas medidas que han recibido la luz verde del Senado esta mañana.

Tal y como explica la periodista Eva Belmonte en El BOE nuestro de cada día, los textos publicados no detallan las medidas concretas más allá de las ya conocidas, pero da vía libre para que el Gobierno ponga en marcha las decisiones que tenga previstas bajo el amparo del artículo 155 y que probablemente se desarrollen en forma de decretos y acuerdos del Consejo de Ministros durante las próximas horas. Este mecanismo constitucional fue establecido en la Carta Magna con el fin de “obligar al cumplimiento forzoso de las obligaciones” que la Constitución y las leyes imponen a las Comunidades Autónomas y de proteger “el interés general de España”.

Una vez activado el artículo 155 de la Constitución, el Gobierno de Mariano Rajoy desarrollará una serie de medidas ante “la extraordinaria gravedad” de la situación política en Cataluña. Algunas de estas decisiones afectan directamente al área de las telecomunicaciones y comunicaciones electrónicas y audiovisuales. El pasado sábado 21 de octubre, el Ejecutivo acordó que correspondería “a los órganos o autoridades que designe el Gobierno de la Nación el ejercicio de las funciones de la Generalitat de Cataluña” relacionadas con las telecomunicaciones, los servicios digitales y las tecnologías de la información. En este último punto, el Ejecutivo pasa a controlar “las funciones de gobierno y administración del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y del Centro de la Seguridad de la Información de Cataluña”.

mariano-rajoy

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Por otro lado, inicialmente el acuerdo del Consejo de Ministros contemplaba que se debía garantizar que el servicio público autonómico de comunicación audiovisual, que gestiona entes como Catalunya Ràdio y TV3, transmitiera “información veraz, objetiva y equilibrada, respetuosa con el pluralismo político, social y cultural, y también con el equilibrio territorial; así como el conocimiento y respeto de los valores y principios contenidos en la Constitución española y el Estatuto de Autonomía de Cataluña”. Estos objetivos están regulados por el artículo 26 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. Ante las críticas recibidas por el posible control de los medios de comunicación de carácter público, que provocó el rechazo de los trabajadores catalanes e incluso de RTVE, la medida ha sido modificada durante la tramitación en el Senado.

Finalmente, la Cámara Alta no ha aprobado las previsiones realizadas por el Ejecutivo en relación al ejercicio de las facultades de la Generalitat en el campo del servicio público autonómico de comunicación audiovisual. La enmienda presentada por el PSOE, con el fin de que los medios catalanes siguieran bajo control del Parlament y no de la Junta Electoral Central y del Senado, ha sido aceptada por el Partido Popular. De este modo, el Gobierno no intervendrá el control de medios públicos como TV3, Catalunya Radio y la Agencia Catalana de Noticias. En las próximas horas está previsto que se conozcan las medidas concretas en aplicación del artículo 155 de la Carta Magna, una medida que se ha hecho realidad tras la celebración del referéndum del 1 de octubre, suspendido por el Tribunal Constitucional, y la declaración de la independencia de Cataluña.

Medio: Hipertextual

https://hipertextual.com/2017/10/cataluna-independencia-articulo-155-constitucion-telecomunicaciones